El Tribunal Supremo ha dictado sentencia, tras diez largos años de contencioso, por la que obliga a la DO Valencia a quitar de su pliego de condiciones los municipios adscritos a la demarcación geográfica de las Denominaciones de Origen Utiel-Requena y Alicante. En la imagen, viñedo en Utiel-Requena.
En el fallo, establece como doctrina jurisprudencial que la demarcación geográfica de una DOP puede ser modificada y, por consiguiente, podrá incorporar terrenos pertenecientes a otra DOP, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para ello en la normativa comunitaria y los que, en consonancia con aquella, se establecieren –en su caso- en la normativa estatal y autonómica correspondiente.
Pero, “en el caso de la DO Valencia, la modificación de su demarcación geográfica operada en las Órdenes 13/2011 y 3/2011 no se ajustó a los requisitos exigidos en la normativa comunitaria, al no incluirse en el Pliego de Condiciones con el detalle requerido el “vínculo” de la DO Valencia con los terrenos situados en los términos municipales incluidos en las Denominaciones de Origen Protegidas de Utiel-Requena y Alicante que fueron considerados también como zona de producción de la DO Valencia”.
Utiel-Requena
Esto es, que los territorios de la DOP Utiel-Requena son de la DO Utiel-Requena, porque aquí sí hay un vínculo directo entre la tierra y el verdadero origen del producto. Los municipios de esta DO Utiel-Requena son: Camporrobles, Caudete de las Fuentes, Fuenterrobles, Requena, Siete Aguas, Sinarcas, Utiel, Venta del Moro y Villargordo del Cabriel. Esta sentencia significa un reconocimiento y respeto al trabajo de los viticultores y bodegueros de la DOP Utiel-Requena, y un paso definitivo hacia la transparencia de cara al consumidor.
En los últimos años, ha sido gratificante el apoyo recibido por el sector vitivinícola de la comarca, ayuntamientos, mancomunidades, sindicatos, asociaciones y población en general, adhiriéndose en 2016 al Manifiesto en Defensa del Territorio de la DO Utiel-Requena. En él pedíamos respeto por el patrimonio del territorio. Los tres principios de esta declaración eran el “respeto a la historia, a la tierra y al trabajo de las gentes que viven y apuestan por ella y, finalmente, al concepto veraz de una Denominación de Origen: Utiel-Requena”.
DOP Alicante
Esta sentencia llega después de numerosos recursos presentados e inclusos sentencias contrarias como la del propio Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana o las de Valencia en contra de la Conselleria cuando trató de retirar esa orden. “Para la DOP Alicante es un momento muy importante pues nos refrenda en la lucha por nuestro territorio que está históricamente protegido” indica el presidente de esta última, Antonio M. Navarro.